Auto Supremo AS/0326/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Haciendo referencia al Auto de Vista recurrido, señala que la apelación restringida de la parte contraria, era inexistente procesalmente al no haber sido subsanada conforme a los requisitos exigidos por ley; por lo que, de acuerdo al art. 399 del Código de Procedimiento Penal (CPP) debió ser rechazada in límine; señala que, el Tribunal de alzada no tenía aperturada su competencia; por lo tanto, actuó en contradicción al Auto Supremo 409 de 19 de agosto de 2003, que establecería que cuando un Tribunal actúa sin competencia, sus actos son nulos, pues se debe verificar previamente el cumplimiento de los requisitos legales. Continúa señalando que, el Auto de Vista fue emitido sin tomar en cuenta los arts. 398, 399, 407 y siguientes del CPP, ya que al ingresar al fondo de la apelación restringida bajo el argumento de que, ante la existencia de defectos absolutos en cumplimiento del art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), se debía ingresar a la verificación de oficio, siendo esta afirmación errada ya que de la revisión del Auto e Vista recurrido se establecería que no existe defecto absoluto que hubiere sido identificado para dicha justificación, desconociéndose así los alcances del Auto Supremo 25 de 3 de febrero de 2010 (emitido en la presente causa)