De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular presentada por Alberto Enrique Montalvo Acebey (fs. 3 “A” a 5), desarrollada la audiencia de juicio oral, la Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 022/2008 de 11 de junio (fs. 155 a 162), por la que declaró al imputado José Francisco Suárez Guzmán, autor y culpable del delito de Calumnia con relación al ilícito de Propalación de Ofensa, previstos y sancionados por los arts. 283 y 285 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de tres años a cumplir en la cárcel pública de San Pedro de la ciudad de La Paz, más la multa de trescientos días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por día, con costas y reparación del daño civil a favor de la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado José Francisco Suárez Guzmán, con el Auto Complementario el 27 de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Con el título de “Con relación a la subsunción normativa” (sic), refiere que se
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se constata que el
- En cuanto al segundo motivo, refiere que se quebrantó el principio de presunción de inocencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
