La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación formulado por José Francisco Suárez Guzmán, cursante de fs. 243 a 246 vta., únicamente para el análisis de fondo el segundo motivo del acápite II de la presente Resolución. Asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado José Francisco Suárez Guzmán, con el Auto Complementario el 27 de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Con el título de “Con relación a la subsunción normativa” (sic), refiere que se
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se constata que el
- En cuanto al segundo motivo, refiere que se quebrantó el principio de presunción de inocencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
