El tercer motivo denuncia que en el cuadro de suspensiones de la audiencia de juicio
El tercer motivo denuncia que en el cuadro de suspensiones de la audiencia de juicio no se tomó en cuenta que varias de las interrupciones estuvieron debidamente justificadas en su momento, y que no se incluyeron otras suspensiones, provocando defectos absolutos, por falta de fundamentación en la Resolución emitida en apelación; sobre este reclamo, la recurrente invoca los Autos Supremos 66 de 27 de enero de 2006, 443 de 12 de septiembre de 2007; que estarían referidos a la debida fundamentación a la que están obligados los juzgadores a tiempo de emitir sus fallos; afirmando que el Tribunal de alzada ingresó en contradicción con los citados precedentes; en tal sentido, habiéndose cumplido con la carga argumentativa para la verificación de contradicción por este Tribunal, el recurso resulta admisible
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- c) Notificada la recurrente con el mensionado Auto de Vista el 18 de agosto de
- De la revisión recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Agrega la recurrente que además de lo señalado, se evidencia que el Tribunal de
- 3) El fallo de alzada realiza un cuadro sobre las suspensiones de la audiencia, sin
- Finaliza solicitando que en vía de saneamiento, se aplique de la doctrina remarcada, además de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- El primer y segundo motivos denunciados por la recurrente, que se refieren, el primero, a
- El tercer motivo denuncia que en el cuadro de suspensiones de la audiencia de juicio
- Cabe resaltar que con relación a la cita del Auto Supremo 1471 de 22 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
