De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado dentro del plazo de cinco días y ante la Sala que lo dictó, teniendo en cuenta que la ahora recurrente, fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 20 de septiembre de 2010 (fs. 99), y el 24 del mismo mes y año presento su recurso de casación; cumpliendo de esta manera, con lo preceptuado por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Elvira Hilda Calle Mamani, interpuso recurso de
- c) Notificada la querellante con el referido Auto de Vista el 20 de septiembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Del motivo alegado, se tiene que la recurrente efectuó la precisión sobre la contradicción incurrida
- Se deja constancia que en cuanto a la invocación del Auto Supremo 105 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
