Auto Supremo AS/0353/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0353/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 305 a 311) y una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 02/10 de 23 de febrero de 2010 (fs. 684 a 693), por la que se declaró a los imputados, Dante Neptaly Castillo, autor y culpable de la comisión de los delitos de Cohecho Pasivo Propio y Concusión, tipificado y sancionado por los arts. 145 y 151 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de tres años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (cárcel pública de Palmasola) de la ciudad de Santa Cruz, más costas a calificarse en ejecución de Sentencia; y, a Ingrid Norka Pozo García, absuelta de pena y culpa del delito de Cohecho Activo, previsto y sancionado por el art. 158 del CP.

b) Contra la referida Sentencia, el imputado Dante Neptaly Castillo Gutiérrez, interpuso, recurso de apelación restringida (fs. 732 a 737), resuelto por Auto de Vista 90 de 1 de julio de 2010 (fs. 756 a 757), dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró procedente el recurso formulado y anuló totalmente la Sentencia impugnada, disponiendo el reenvió de la causa por otro Tribunal