Auto Supremo AS/0363/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 149 a 152) y acusación particular presentada por Elisa Robles Villagómez (fs. 202 a 204 vta.), desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 3 de 30 de abril de 2011 (fs. 374 a 382 vta.), por la que declaró al imputado Prudencio Chavarría Sandy, autor de los delitos de Lesiones leves y Conducción Peligrosa previstos en los arts. 271 y 210 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años de reclusión a ser cumplida en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Palmasola) de la ciudad de Santa Cruz, con costas a favor de la parte querellante; asimismo, en observancia de los arts. 368 y 369 del Código de Procedimiento Penal (CPP), le concede el beneficio del perdón judicial