De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación pública (fs. 149 a 152) y acusación particular presentada por Elisa Robles Villagómez (fs. 202 a 204 vta.), desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 3 de 30 de abril de 2011 (fs. 374 a 382 vta.), por la que declaró al imputado Prudencio Chavarría Sandy, autor de los delitos de Lesiones leves y Conducción Peligrosa previstos en los arts. 271 y 210 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años de reclusión a ser cumplida en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Palmasola) de la ciudad de Santa Cruz, con costas a favor de la parte querellante; asimismo, en observancia de los arts. 368 y 369 del Código de Procedimiento Penal (CPP), le concede el beneficio del perdón judicial
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado Prudencio Chavarría Sandy, con el referido Auto de Vista el 18
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refiere que en apelación restringida solicitó saneamiento procesal y exclusión probatoria con los siguientes
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se constata que el
- En los tres motivos que denuncia el recurrente, relativos a inobservancia de la normativa prevista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
