Auto Supremo AS/0368/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0368/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación particular presentada por Zenón Cesar Vidal Rojas (fs. 5 a 6vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juzgado de Sentencia Segundo de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 16/2007 de 13 de noviembre (fs. 83 a 89), por la que declaró a Daniel Pérez Álvarez y Ángel Escobar Calizaya, como autores y culpables de la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del CP, imponiéndole la sanción de tres meses de prestación de trabajo, ambos en la H. Alcaldía Municipal Cochabamba y sea compatible a su profesión u oficio, más la multa de treinta y cinco días a razón de Bs. 5.- (cinco Bolivianos) por día a cada uno de ellos y resarcimiento de daños civiles. Con relación a los delitos de Difamación y Calumnia, previstos y sancionados por los arts. 282 y 283 del CP, se los declaró absueltos de culpa y pena