Auto Supremo AS/0370/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0370/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

En cuanto al único motivo denunciado por las recurrentes, referido a que el Tribunal de


En cuanto al único motivo denunciado por las recurrentes, referido a que el Tribunal de alzada incurrió en inadecuada fundamentación puesto que a tiempo de resolver el recurso de apelación restringida planteado por la querellante, determinó anular la Sentencia de mérito y la reposición del juicio oral por otro Juez de Sentencia, por falta de fundamentación y defectuosa valoración de la misma; vulnerando el principio non bis in ídem previsto en los arts. 4 del CPP; y, 117 y 155 de la CPE, que prohíben el desarrollo de un nuevo juicio cuando los errores o defectos de procedimiento detectados, no lesionan el derechos ni garantías fundamentales; en virtud a lo cual, pudieron haber subsanado directamente en el fallo de alzada. Aspecto que a su criterio contradice los Autos Supremos 450 de 19 de agosto de 2004 y 257 de 1 de agosto de 2006