Auto Supremo AS/0373/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación fiscal (fs. 6 a 8 vta.) y particular presentado por Robinson Salas Molina (fs. 37 a 40 vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 13/2010 de 22 de marzo de 2010 (fs. 115 a 122), por la que declaró a la imputada Jenny Silvia Layme Chipana, autora y culpable de la comisión de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado, Estafa y Falsificación de Documento Privado, previstos y sancionados por los arts. 203, 335 y 200 del CP, condenándole a una pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión en el Penal de “San Sebastián” (mujeres) de la ciudad de Cochabamba, más la multa de doscientos día a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos) por día, con costas a favor del Estado y de la víctima una vez ejecutoriada la Sentencia