Por memorial presentado el 5 de octubre de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 378/2015-RA-L
Sucre, 06 de julio de 2015
Expediente: Cochabamba 143/2010
Parte Acusadora: Víctor Hugo Rodríguez
Parte Imputada: German Cossio Alanes
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de octubre de 2010, cursante de fs. 181 a 184, German Cossio Alanes, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 15 de septiembre de 2010, cursante de fs. 170 a 173, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Víctor Hugo Rodríguez contra el recurrente, por los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 378/2015-RA-L
Sucre, 06 de julio de 2015
Expediente: Cochabamba 143/2010
Parte Acusadora: Víctor Hugo Rodríguez
Parte Imputada: German Cossio Alanes
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de octubre de 2010, cursante de fs. 181 a 184, German Cossio Alanes, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 15 de septiembre de 2010, cursante de fs. 170 a 173, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Víctor Hugo Rodríguez contra el recurrente, por los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 5 de octubre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado German Cossio Alanes, con el referido Auto de Vista el 30
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se constata que el
- En cuanto al motivo, el recurrente no cumple con los requisitos de admisibilidad del recurso
- En lo referente al segundo motivo, denuncia contradicción e incongruencia en la Sentencia; por cuanto,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
