Auto Supremo AS/0380/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0380/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El Auto de Vista impugnado es contradictorio porque señala que la Sentencia subsumió los hechos probados al tipo penal, al respecto señaló que según el autor Carlos Fontán, en el delito de calumnia debe atribuirle una conducta, porque decirle a alguien ladrón no es atribuible a una conducta; en este caso, no se adecua a una conducta porque solo se hubiere manifestado que el querellante es un loteador; además, ese hecho se desvirtuó con la prueba testifical y literal; por lo que, no se demostró a cabalidad la autoría sobre los ilícitos querellados, siendo la Sentencia dictada incorrectamente. En el otrosí de su recurso invocó como precedentes los Autos Supremos 525 de 20 de septiembre de 2004 y 171 de 6 de febrero de 2007.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP