b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Hilda Rivas de Gutiérrez (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Hilda Rivas de Gutiérrez (fs. 1829 a 1832) y los imputados Maria Quispe Vda. de Flores, Demetria Flores Quispe, Modesta Flores Quispe y Fermín Flores Quispe (fs. 1916 a 1917 y 1947 a 1953) respectivamente, formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 39/2014 de 6 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedentes los citados recursos y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 6 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Hilda Rivas de Gutiérrez (fs
- c) El 26 de marzo de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 26 de marzo de 2015, los
- Agrupados los cuestionamientos del recurso de casación por su perspectiva consonante, se observa que al
- En consecuencia y por las falencias recursivas atribuibles a los recurrentes, impiden a este Supremo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
