En el caso de autos, se establece que el 26 de marzo de 2015, los
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 26 de marzo de 2015, los recurrentes fueron notificados con el Auto Complementario al Auto de Vista y el 2 de abril del mismo año, formularon recurso de casación, de acuerdo a la Certificación Notarial de fs. 2118; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 6 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Hilda Rivas de Gutiérrez (fs
- c) El 26 de marzo de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 26 de marzo de 2015, los
- Agrupados los cuestionamientos del recurso de casación por su perspectiva consonante, se observa que al
- En consecuencia y por las falencias recursivas atribuibles a los recurrentes, impiden a este Supremo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
