Auto Supremo AS/0472/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2015

Fecha: 01-Jul-2015

En base a estos parámetros, al haber existido retiro injustificado e intempestivo, conforme establece el

En base a estos parámetros, al haber existido retiro injustificado e intempestivo, conforme establece el art. 13 de la LGT, corresponde reconocer el pago de los derechos reclamados a favor de la demandante conforme y acertadamente determinaron los de instancia en base a una correcta y adecuada valoración de la prueba conforme determinan los art. 3. j) y 158 del CPT, puesto que los derechos sociales de las trabajadoras y los trabajadores están protegidos por la CPE, y resultan nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos, tal como dispone el art. 4 de la LGT