CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 143 a 144 vta., interpuesto por Cristina Quispe Choque, contra el Auto de Vista Nº 117/2010 de fecha 31 de marzo de 2010, cursante de fs. 139 a 140, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso de Divorcio, seguido por Samuel Condori Mamani contra la recurrente, la concesión del recurso de fs. 150; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, la Juez Tercero de Partido de Familia de la ciudad de El Alto, emitió la Sentencia Nº 008/2010, de fecha 5 de enero de 2010, cursante de fs. 116 a 117, declarando PROBADA la demanda de fs. 5 a 6 de obrados y en consecuencia declaró disuelto el vínculo jurídico matrimonial que une a los esposos Samuel Condori Mamani y Cristina Quispe Choque, por la causal contenida en el art. 131 del Código de Familia. Asimismo, en ejecución de sentencia dispuso la cancelación de la partida matrimonial por ante la Dirección de Registro Civil, de conformidad al art. 398 del Código Familia; de igual forma homologó la resolución Nº 390/09 de fs. 48 y vta., para su fiel y estricto cumplimiento
- Partes: Samuel Condori Mamani. c/ Cristina Quispe Choque
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Cristina Quispe Choque, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación, interpuesto por Cristina Quispe Choque, el mismo
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa que el Tribunal de Alzada tomó en cuenta para justificar el fallo la denuncia
- De igual forma acusa que el Tribunal de Alzada no tomó en cuenta los recibos
- Denuncia que las declaraciones testificales de cargo fueron ambiguas y contradictorias y que dicho aspecto
- Acusa la violación del art
- Aduce la violación del art
- Finalmente, la recurrente denuncia la violación de los arts
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En ese entendido, respecto al agravio de vulneración del art
- Respecto a que el Tribunal de Alzada habría fundamentado su fallo en la denuncia de
- Con relación a que el Tribunal de Alzada no habría valorado como prueba los recibos
- Con relación a la acusación de violación del art
- Siguiendo con el análisis del recurso de casación, en lo referente a la violación del
- Finalmente respecto al incremento de asistencia familiar que solicita la recurrente a Bs
- Por las razones expuestas, corresponde fallar en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
