De donde se infiere que el Auto de Vista recurrido se circunscribe a la expresión
De donde se infiere que el Auto de Vista recurrido se circunscribe a la expresión de agravios que hubo sido detallado en el memorial de apelación, porque resuelve sobre los mismos puntos, habiendo observado de esta manera la pertinencia que establece el art. 236 con relación al art. 227 del Código de Procedimiento Civil y el principio de congruencia, siendo además que la Resolución de alzada en su razonamiento, tiene la suficiente claridad y cuenta con una aceptable motivación y fundamentación que la sustenta, dando cuenta de las razones por las cuales arriba a dicho entendimiento, aspecto que permite comprender razonablemente los alcances del fallo, resultando por consiguiente infundado el agravio denunciado
- De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la recurrente
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- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Al respecto corresponde referir que al percatarse el ahora recurrente que el Auto de Vista
- En relación a lo anterior, corresponde también referir que la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012
- Ahora bien, de la revisión de la Resolución de alzada, se conoce que el Ad
- De donde se infiere que el Auto de Vista recurrido se circunscribe a la expresión
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
