Auto Supremo AS/0500/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2015-RA

Fecha: 20-Jul-2015

En cuanto al segundo motivo, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada se limitó


En cuanto al segundo motivo, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada se limitó a señalar que la fundamentación de la sentencia es suficiente, coherente con los hechos juzgados y la prueba aportada; sin tomar en cuenta que en la Sentencia no existe la fundamentación probatoria descriptiva e intelectiva, y que expone directamente los hechos probados, actuando en sentido contrario a lo dispuesto por los Autos Supremos 248 de 10 de octubre de 2012, 302 de 25 de agosto de 2006, que dispusieron que la Sentencia debe contener una fundamentación fáctica, probatoria descriptiva y analítica y la fundamentación jurídica. Deviniendo en admisible el presente motivo, por cumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP