De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular (fs. 29 a 30 vta., subsanada a fs. 33 y vta.), y una vez desarrollada la audiencia de juicio el Juez Primero de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia 09/2014 de 31 de julio (fs. 226 a 239); por la que, declaró autora y culpable a la imputada Karen Janeth Crespo Magno por la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del CP, imponiéndole la pena de seis meses de prestación de trabajo comunitario, gratuito conforme a su profesión a favor del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de El Alto en días y horarios que no perjudiquen su trabajo como profesora normalista y una multa económica de treinta días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por día, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia
- Por memorial presentado el 4 de mayo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 24 de abril de
- Del memorial de fs. 283 a 284 vta., se extrae el siguiente motivo
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Sobre este reclamo, se observa que la recurrente no denuncia agravios en los que hubiera
- Por otro lado, si bien la recurrente denuncia la concurrencia de defecto absoluto por vulneración
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
