De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 03/2014 de 5 de febrero (fs. 27 a 32 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Salomón Alfredo Orbes García, autor y culpable de la comisión del delito de Peculado, previsto y sancionado por el art. 142 del CP, condenándole a la pena de cinco años de reclusión, más multa de trecientos días a razón de Bs. 2.- por día y el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, formuló recurso de apelación restringida (fs. 47 a 54), resuelto por Auto de Vista de 3 de julio de 2014, que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 626/2014-RRC de 5 de noviembre (fs. 111 a 115); en cuyo mérito, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando pronuncio el Auto de Vista de 3 de febrero de 2015, que declaró admisible e improcedente el citado recurso y confirmó la sentencia apelada, con la modificación de la multa al abogado quedando en la suma de Bs.-1.000.
c) El 9 de junio de 2014 (fs. 177), el recurrente fue notificado con el Auto Complementario al Auto de Vista referido y el 16 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación
- Por memorial presentado el 16 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señala que el Auto de Vista sin una adecuada fundamentación ratificó el rechazo a
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto de los demás requisitos de admisibilidad, en cuanto al primer motivo en el que
- Respecto de la cita de Sentencia Constitucionales 0110/2006-R de 1 de febrero, 0757/2003-R de 4
- Finalmente con relación al tercer motivo, en el que se denuncia que el Auto de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
