Por memorial presentado el 16 de junio de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 513/2015-RA
Sucre, 27 de julio de 2015
Expediente: Pando 11/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Salomón Alfredo Orbes García
Delito: Peculado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de junio de 2015, cursante de fs. 191 a 194 vta., Salomón Alfredo Orbes García, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 3 de febrero de 2015 de fs. 121 a 123, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y Lidia Rosmeri Corañi Álvarez, en representación legal del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) Pando, por la presunta comisión del delito de Peculado, previsto y sancionado por el art. 142 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 513/2015-RA
Sucre, 27 de julio de 2015
Expediente: Pando 11/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Salomón Alfredo Orbes García
Delito: Peculado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de junio de 2015, cursante de fs. 191 a 194 vta., Salomón Alfredo Orbes García, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 3 de febrero de 2015 de fs. 121 a 123, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y Lidia Rosmeri Corañi Álvarez, en representación legal del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) Pando, por la presunta comisión del delito de Peculado, previsto y sancionado por el art. 142 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 16 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señala que el Auto de Vista sin una adecuada fundamentación ratificó el rechazo a
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto de los demás requisitos de admisibilidad, en cuanto al primer motivo en el que
- Respecto de la cita de Sentencia Constitucionales 0110/2006-R de 1 de febrero, 0757/2003-R de 4
- Finalmente con relación al tercer motivo, en el que se denuncia que el Auto de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
