Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación, la parte recurrente fue notificada con el Auto de Complementación a la resolución recurrida, el 28 de mayo de 2015 (fs. 357), presentado su recurso de casación el 5 de junio del mismo año, conforme consta en el timbre electrónico (fs. 384); es decir, dentro del plazo de cinco días que establece el art. 417 del CPP; ello, en consideración de que el día jueves 4 de junio fue declarado feriado nacional por Corpus Cristhy
- Por memorial presentado el 5 de junio de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega el recurrente, que según el acta de juicio oral el imputado ofreció como prueba
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Con relación al primer motivo, en el que denuncia que el Tribunal de alzada incurrió
- En cuanto al tercer motivo, en el que denuncia que el Tribunal de alzada actuó
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
