Auto Supremo AS/0583/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0583/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
•Señala el recurrente que se ha realizado una incorrecta interpretación e infracción en la Sentencia que fue pronunciado por el A quo y, que según “Mesisineo” determina que: la resolución del contrato presupone un negocio perfecto y demás un evento sobrevenido o un hecho nuevo o un comportamiento de la contraparte posterior a la formación del contrato que altera la relación entre las partes o perturba el normal desarrollo del contrato en su ejecución”, esto ajustado a lo previsto por el art. 510 del Código Civil, que la letra dice “En la interpretación de los contratos se debe averiguar cuál ha sido la intención común de las partes y no limitarse al sentido literal de las palabras”, del mismo modo señala que el acta de confesión en la primera el demandado textualmente menciona que “he cancelado el precio de la venta al señor Walberto Soruco en mi domicilio de la calle Oliva detrás de Setar al día siguiente de haber firmado el documento de transferencia” alegando además que se realice una revisión de obrados e interpretación correcta de las normas para el presente caso