De manera previa se hace necesario realizar algunas consideraciones generales respecto al recurso de casación
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
De manera previa se hace necesario realizar algunas consideraciones generales respecto al recurso de casación como tal, en ese entendido diremos que el recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario procedente en supuestos estrictamente determinados por ley y dirigido a lograr que el Tribunal de Casación revise y reforme o anule las resoluciones expedidas en apelación que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho al debido proceso o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales
De manera previa se hace necesario realizar algunas consideraciones generales respecto al recurso de casación como tal, en ese entendido diremos que el recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario procedente en supuestos estrictamente determinados por ley y dirigido a lograr que el Tribunal de Casación revise y reforme o anule las resoluciones expedidas en apelación que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho al debido proceso o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución de primera instancia, Eduardo Pérez Durán por sí y en representación de
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- En primer término realiza una exposición de hechos relativos a la demanda y a la
- Refiere que el razonamiento del Auto de Vista no realizó una verdadera valoración de la
- Asimismo expresa haber acompañado prueba de reciente obtención, que avalaría su idónea posesión
- De manera previa se hace necesario realizar algunas consideraciones generales respecto al recurso de casación
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- En el caso que se analiza, la recurrente interpone recurso de casación en el fondo,
- Respecto a que el Auto de Vista expresó no haber fundamentado debidamente el agravio sufrido,
- Sobre el tema corresponde señalar que, el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil establece
- Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente
- Asimismo el recurrente bien pudo solicitar explicación y complementación sobre alguna omisión, conforme determina el
- Correspondiendo emitir fallo conforme a los arts
- Respecto a los agravios de fondo, corresponde señalar que contra una Resolución de Alzada
- En tal situación que este Tribunal Supremo no puede emitir pronunciamiento en el sentido como
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
