Auto Supremo AS/0205/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por la Empresa Minera Huanuni a través de su representante legal en el recurso de fs. 136 a 137, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo