Auto Supremo AS/0205/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Respecto a la acusa de violación del art

Respecto a la acusa de violación del art. 16 inc. f) de la Ley General del Trabajo, que señala como causal de retiro forzoso por delito de hurto sin pago de beneficios sociales, habiendo sido el actor retirado en forma forzosa al haber incurrido in fraganti en hurto de minerales de la empresa; por lo que al perder el derecho a sus beneficios sociales, pierde el derecho a su reincorporación como consecuencia lógica; cabe señalar que el inc. f) del art. 16 de la Ley General del Trabajo que señala el recurrente se encuentra derogado por Ley de 23 de noviembre de 1944 y no refiere al retiro por robo o hurto del trabajador. Por otra parte, debe tenerse presente que la norma acusada de violada refiere a las causales por las cuales no habrá lugar a desahucio ni indemnización para el empleado o trabajador, evidenciándose que se trata de una disposición indicativa, no pudiendo por tanto ser violada, pues su fin es indicar o señalar en este caso cuando no procede el desahucio y la indemnización, por lo que esta acusación resulta incorrecta e incongruente