CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 91 a 92, interpuesto por el Gobierno Municipal de Bermejo representado por Amparo Ruth Bráñez Ríos, contra el Auto de Vista de 21 de octubre de 2010, de fs. 87 a 88, dentro del proceso social, seguido por Rosmery Nilsa Mendoza de Rojas contra la institución recurrente, el Auto de fs. 96 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Bermejo, Distrito Judicial de Tarija, emitió la Sentencia de 2 de junio de 2010 de fs. 60 a 62, declarando PROBADA en parte de derechos laborales de fs. 9 a 11, incoada por Rosmery Nilsa Mendoza de Rojas contra el Gobierno Municipal de Bermejo, representado por su actual Alcalde Sr. Delfor G. Burgos Aguirre, debiendo cancelar la parte demandada al actor la suma de Bs. 10.611,12 (Diez mil seiscientos once 12/100 bolivianos) por concepto de bono de frontera, aguinaldos, vacaciones y bono municipal; con costas. No ha lugar a la multa demandada del 30%
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 91 a 92, interpuesto por el Gobierno Municipal de Bermejo representado por Amparo Ruth Bráñez Ríos, contra el Auto de Vista de 21 de octubre de 2010, de fs. 87 a 88, dentro del proceso social, seguido por Rosmery Nilsa Mendoza de Rojas contra la institución recurrente, el Auto de fs. 96 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Bermejo, Distrito Judicial de Tarija, emitió la Sentencia de 2 de junio de 2010 de fs. 60 a 62, declarando PROBADA en parte de derechos laborales de fs. 9 a 11, incoada por Rosmery Nilsa Mendoza de Rojas contra el Gobierno Municipal de Bermejo, representado por su actual Alcalde Sr. Delfor G. Burgos Aguirre, debiendo cancelar la parte demandada al actor la suma de Bs. 10.611,12 (Diez mil seiscientos once 12/100 bolivianos) por concepto de bono de frontera, aguinaldos, vacaciones y bono municipal; con costas. No ha lugar a la multa demandada del 30%
- Auto Supremo Nº 208/2015-L
- Expediente: TJA. 629/20110
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación de fs
- Que, contra el referido Auto de Vista, el Gobierno Municipal de Bermejo representado por Amparo
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- Concluyó solicitando a este Supremo Tribunal, case el auto de vista recurrido y deliberando en
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
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- En consecuencia conforme lo expuesto, no siendo evidentes los reclamos efectuados en el recurso de
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 y el 52
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
