Auto Supremo AS/0225/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo

En ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se advierte violación de norma legal alguna, correspondiendo resolver conforme prevén los arts. 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación deducido de fs. 56. Con costas