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    Auto Supremo AS/0411/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0411/2015-RA-L

    Fecha: 04-Ago-2015

    c) El 29 de octubre de 2010 (fs


    c) El 29 de octubre de 2010 (fs. 426), los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista referido y el 3 de noviembre del mismo año, interpusieron recurso de casación
    • Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2010, cursante de fs
    • b) Contra la mencionada Resolución, los acusadores particulares, formularon recurso de apelación incidental (fs
    • c) El 29 de octubre de 2010 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
    • El Título V del Libro Tercero del Código de Procedimiento Penal, como medio de
    • Para la admisibilidad del recurso de casación, se exige que el recurrente cumpla con los
    • A efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso, debe precisarse que en
    • En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
    • En esa lógica, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
    • En el caso de autos, María Candelaria Callisaya de Canaviri por sí y en representación
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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