Del memorial de fs. 145 a 147, se extraen los siguientes motivos
c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 25 de agosto de 2010 (fs. 143), y el 31 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación, sujeto al presente examen de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 145 a 147, se extraen los siguientes motivos:
Como primer motivo, el recurrente denuncia ante el Tribunal de alzada, que la Sentencia del Juez de mérito fue basado entre otras cosas en la inobservancia o errónea aplicación de la Ley Sustantiva y la misma es insuficiente; empero, a criterio de los Vocales, los elementos probatorios judicializados por la acusación particular son suficientes para demostrar más allá de la duda razonable la autoría del recurrente, argumentos que estuvieron basados en facturas cobradas y una supuesta disposición arbitraria de esos dineros, que en el caso de autos, se dio una interpretación o razonamiento errado por el órgano jurisdiccional, que entre los elementos constitutivos del tipo penal Abuso de Confianza, se requieren de los elementos constitutivos del tipo como ser el dolo, que en el presente caso no existió
- Parte Acusadora: Wackenhut Bolivia S.A
- Por memorial presentado el 31 de agosto de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marcelo Antonio Tapia Barrera formuló recurso de apelación
- Del memorial de fs. 145 a 147, se extraen los siguientes motivos
- Como segundo motivo, denuncia el recurrente que en la apelación restringida, existió valoración defectuosa de
- Cabe hacer notar que, el recurrente en el otrosí primero de su recurso de casación
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del segundo motivo, se puede deducir que denuncia la falta de fundamentación en que habría
- Como tercer motivo denuncia que el Tribunal de alzada, al declarar improcedente la apelación restringida
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
