Por memorial presentado el 15 de enero de 2011 fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 435/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : Cochabamba 17/2011
Parte acusadora : Carlos Chuquimia Bellot y otro
Parte imputada : Karla Moria Ledezma Lavcevic
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2011 fs. 313 a 316 vta., Karla Moria Ledezma Lavcevic, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 2 de diciembre de 2010 (fs. 293 a 295), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Carlos Chuquimia Bellot y Benjamín Jasques Jaimes en representación de Pablo Laneuville Ballester y Diego Jasques Laneuville contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Injuria y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287, todos del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 435/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : Cochabamba 17/2011
Parte acusadora : Carlos Chuquimia Bellot y otro
Parte imputada : Karla Moria Ledezma Lavcevic
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2011 fs. 313 a 316 vta., Karla Moria Ledezma Lavcevic, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 2 de diciembre de 2010 (fs. 293 a 295), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Carlos Chuquimia Bellot y Benjamín Jasques Jaimes en representación de Pablo Laneuville Ballester y Diego Jasques Laneuville contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Injuria y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287, todos del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2011 fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 4) Finalmente denuncia, que no fue notificada con la querella, dejándole en indefensión provocando la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, respecto al primer requisito que debe reunir todo recurso de
- Es así que en base a las temáticas propuestas y la exposición argumentativa señalada, la
- Respecto a los Autos Supremos 322 de 28 de agosto de 2006, 261 de 8
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
