Auto Supremo AS/0446/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0446/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

4) La recurrente acusa también que las alzadas restringidas no invocan precedentes contradictorios e incumplen


4) La recurrente acusa también que las alzadas restringidas no invocan precedentes contradictorios e incumplen los requisitos indispensables para que el Tribunal de alzada pueda referirse a lo observado, afirmando en consecuencia, que incumple el art. 416 del CPP, y la SC 1401/2003 de 26 de septiembre de 2003, al referirse la apelante a la nulidad de la Sentencia sin expresar cuales son los derechos fundamentales que implican la inexistencia del acto; invocando, ahora la recurrente los Autos Supremos 615 de 3 de diciembre de 2003 y 174 de 9 de marzo de 2009 aduciendo que en el caso de autos se observa defectos en la Sentencia; empero, no especifican la contradicción existente, ni la aplicación legal que se pretende, ya que la apelación restringida es un acto de puro derecho; sin embargo, el Tribunal de alzada oficiosamente anuló la Sentencia y dictó el Auto inmotivado, contradictorio, subjetivo y vulneratorio de derechos fundamentales