Ahora bien, ante la solicitud de admisión del recurso de casación por la presunta existencia
Ahora bien, ante la solicitud de admisión del recurso de casación por la presunta existencia de defectos absolutos, conforme a las deficiencia advertidas en la formulación del referido motivo, se tiene que, para que se pueda ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, la recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron omitidos, pues solo se cita de forma genérica los hechos acusados (de etapas anteriores a la apelación restringida) sin siquiera señalar como resultado la presunta vulneración alegada de qué manera, tiene su relación con lo resuelto por el Tribunal de alzada ya que no se señala cual argumento de este Tribunal invalida la legalidad en la emisión de la resolución recurrida; en consecuencia, tampoco precisa en qué consistiría la restricción o disminución de sus derechos, y menos se explica el resultado dañoso emergente, derivando en que el recurso resulte inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización
- Por memorial presentado el 12 de octubre de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionado Sentencia, la imputada Ana María Alejandra Tapia Martínez, interpuso recurso de
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 07 de octubre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Es de tener presente que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra
- Ahora bien, ante la solicitud de admisión del recurso de casación por la presunta existencia
- De la revisión del agravio denunciado por la recurrente se puede establecer que si bien
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
