Auto Supremo AS/0468/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0468/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en el

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en el primer motivo de casación, la recurrente a tiempo de alegar que el Tribunal de alzada argumento que no puede revalorizar la prueba y que la querellante incorporó legamente su prueba a juicio; no considero que personas comunes están expuestas al libre arbitrio de los jueces de mérito y que su recurso no estuvo fundado en la ilegal incorporación de la prueba; sino, en la defectuosa valoración de la misma; si bien invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 222 de 28 de marzo de 2007, no señaló en términos precisos cual es la supuesta contradicción entre éste precedente y la resolución impugnada, pues la simple transcripción parcial del precedente, no implica el cumplimiento del requisito previsto por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, sumado a ello se encuentra el hecho de que el precedente invocado declaró INFUNDADO el recurso de casación; por lo que, al no contener doctrina legal aplicable, no es posible que este Tribunal ejerza su función unificadora de jurisprudencia con base al mismo