Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 468/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente: La Paz 18/2011
Parte Acusadora: Margot Sandra Alcon Chino
Parte Imputada: Patricia Mabel Montevilla Rodríguez
Delitos: Hurto y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2010, cursante de fs. 178 a 179, Patricia Mabel Montevilla Rodríguez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 255/2010 de 1 de noviembre de 2010, de fs. 167 a 169 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Margot Sandra Alcon Chino contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Hurto, Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previsto y sancionado por los arts. 326, 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 468/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente: La Paz 18/2011
Parte Acusadora: Margot Sandra Alcon Chino
Parte Imputada: Patricia Mabel Montevilla Rodríguez
Delitos: Hurto y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2010, cursante de fs. 178 a 179, Patricia Mabel Montevilla Rodríguez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 255/2010 de 1 de noviembre de 2010, de fs. 167 a 169 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Margot Sandra Alcon Chino contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Hurto, Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previsto y sancionado por los arts. 326, 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia la recurrente que el Tribunal de alzada refiere que la imputada aceptó tácitamente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se concluye que la imputada fue notificada con el Auto
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en el
- En el segundo motivo de casación, la recurrente realiza argumentos generales que no permiten establecer
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
