En el segundo motivo de casación, la recurrente realiza argumentos generales que no permiten establecer
En el segundo motivo de casación, la recurrente realiza argumentos generales que no permiten establecer con claridad cuál es el motivo que le causo agravio, pues esta se limita a señalar que el Ad quem, alegó que la falta de reclamo oportuno sobre el defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, implica aceptación tácita; y que al ser sorprendida con la querella no pudo producir prueba de descargo: Sumado a la defectuosa fundamentación del motivo de su recurso de casación, no cumplió con la carga procesal de invocar precedente contradictorio y señalar cual es la supuesta contradicción entre éste y el motivo traído en casación; en el mismo motivo la recurrente alega que el hecho de no presentar prueba al ser sorprendida con la querella, la coloco en estado de indefensión y vulneración de su derecho a la defensa y debido proceso; sin embargo, no fundamenta correctamente los antecedentes generados del supuesto defecto, no explicó en qué consiste la supuesta restricción o vulneración de los derechos que alega como conculcados y tampoco vinculó el motivo a la existencia de un defecto absoluto; por lo que, el motivo deviene en inadmisible, tanto por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, así como los de flexibilización
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia la recurrente que el Tribunal de alzada refiere que la imputada aceptó tácitamente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se concluye que la imputada fue notificada con el Auto
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en el
- En el segundo motivo de casación, la recurrente realiza argumentos generales que no permiten establecer
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
