Auto Supremo AS/0484/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0484/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

El recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal de alzada justificó el defecto absoluto


El recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal de alzada justificó el defecto absoluto en el que incurrió el A quo al no observar los principios de continuidad y celeridad; con el argumento de que las suspensiones fueron atribuibles al hoy recurrente y que no fueron por más de diez días: cumplió con la carga procesal de invocar como precedente contradictorio el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, refiriendo que lo manifestado por el Ad quem es contrario a lo señalado por el precedente que invoca, el cual estableció que, el juicio solo puede suspenderse una vez y en los casos señalados por el art. 335 del CPP; habiendo cumplido de esta manera con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 de la norma adjetiva penal, corresponde declarar admisible el motivo traído en casación