De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación fiscal y particular, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Cuarto de Sentencia en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 07/2011 de 14 de febrero (fs. 718 a 727), por la que declaró a los imputados Chih Ping Lee y María Lusia Pacheco Goizueta, absueltos de la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP, decisión asumida por simple mayoría y en aplicación de la parte in fine del art. 359 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
b) Contra la referida Sentencia, José Jacinto Ponce López, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 738 a 739 vta.); resuelto por Auto de Vista de 20 de mayo de 2011 (fs. 755 a 761), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró Admisible e Improcedente el recurso de apelación restringida, y en consecuencia, confirmó la Sentencia.
c) Notificado el recurrente José Jacinto Pone López con el mencionado Auto de Vista el 30 de julio de 2011 (fs. 762), interpuso recurso de casación el 03 de agosto del citado año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 03 de agosto de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refiere que el Auto de Vista sostiene que la Sentencia fue leída el 14
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- En cuanto concierne al cumplimiento de los requisitos de admisibilidad descritos por la norma procedimental
- Respecto al tercer motivo que refiere los fundamentos del Auto de Vista son subjetivos y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
