Auto Supremo AS/0507/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Con relación al motivo planteado, se advierte que el recurrente no invocó precedente contradictorio al


Con relación al motivo planteado, se advierte que el recurrente no invocó precedente contradictorio al momento de interponer su recurso de casación; por tanto, tampoco explicó ni fundamentó en qué consistiría la contradicción en la cual habría incurrido el Tribunal de alzada; en tal sentido, se hace evidente la inobservancia de la norma contenida por el art. 417 del CPP, por la insuficiencia en la técnica recursiva empleada en el recurso, omisión que no puede ser suplida de oficio y que deriva en que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer el fondo del motivo, al no haberse sentado las bases para verificar el sentido jurídico contradictorio; por lo que, el motivo deviene en inadmisible