Auto Supremo AS/0507/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El Tribunal de alzada al confirmar el fallo de primera instancia, no valoró correctamente los defectos de la Sentencia contenidos en el art. 370 incs. 1) y 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque se les acusó por los delitos de Destrucción de cosas propias, para defraudar y Abuso de Confianza; y se les condenó por otros, en ese sentido, la Juez al aplicar el principio Iura Novit Curia de oficio, adecuó el hecho al delito de Daño simple condenándole a la pena de un año y seis meses, por un delito ajeno que no cometió y que la parte no probó lo acusado, incumpliendo con el art. 362 del CPP; por esas circunstancias, la Sentencia hace una incorrecta valoración de la verdad histórica de los hechos y el Tribunal de alzada en perjuicio del imputado confirma la Sentencia