De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Refiere que al momento de presentar su memorial de “subsana lo observado” invocó los precedentes contradictorios; asimismo, señaló que existe contradicción entre el Auto de Vista y los precedentes porque el Tribunal de alzada con relación al motivo primero señaló que se cumplió parcialmente porque no es explícito con relación a que parte de la Sentencia se refiere cada una de las normativas citadas, datos que no corresponden a la apelación restringida ni al memorial que subsana lo observado ya que en forma clara se precisó cada aspecto de la Sentencia que vulnera el precepto legal que tutela los derechos de los litigantes; asimismo, señaló que de la prueba de cargo e inclusive de descargo se evidencia que el recurrente sufrió agresiones en la moral de distinta forma y en reiteradas oportunidades aspecto que el Juez a quo y posteriormente los señores Vocales no calificaron adecuadamente los hechos al tipo penal conforme las declaraciones testificales y menos se contempló una imparcialidad en la Sentencia generado una errónea aplicación de la ley sustantiva; por cuanto, los querellados acomodaron su conducta a la descripción objetiva de los delitos que se les atribuye; en consecuencia, señala que se infringió los arts. 370 inc. 1), 3, 6, 124, 171, 171, 173, 363 inc. inc. 2), 365 y 368 del CPP, 20, 37, 38 y 40 del CP, 13, 22, 109, 110, 120 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE)
- Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2011, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 8 de septiembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Sobre la temática planteada invocó como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 1075/2003-R de 24 de
- 2) Con relación al segundo motivo refirió que el argumento fue excesivo porque cumplió con
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al primer motivo, señala que existe contradicción entre el Auto de Vista y
- Asimismo invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 214 de 28 de marzo de 2007,
- Con relación al segundo motivo, refirió que el argumento fue excesivo porque cumplió con lo
- Con relación a este motivo, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 724 de 26
- Con relación a este motivo, si bien el recurrente invoco como precedentes contradictorios los Autos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
