De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Señala la recurrente que el Auto Supremo “52 de 13 de diciembre de 2010” (sic), dispuso dejar sin efecto el primer Auto de Vista dictado en su favor y ordenó la emisión de un nuevo fallo, observando la doctrina legal; sin embargo, el Tribunal de alzada, inobservando la Resolución suprema, mediante el Auto de Vista 52/2010 dispuso la reposición del juicio, devolviendo obrados ante el Juez de Sentencia más próximo, incurriendo en errónea aplicación del Auto Supremo precitado e inobservancia de lo preceptuado por el art. 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP). Invoca en calidad de precedentes contradictorios el Auto de Vista 1/2008 de 3 de enero, en relación al Auto de Vista 52/2010 de 13 de diciembre, ambos dictados dentro del proceso penal seguido en su contra
- Por memorial presentado el 8 de enero de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a las acusaciones pública (4 a 5), y particular presentada por Julio
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusada Cecilia Aguilar de Quispe, interpuso recurso de apelación
- c) Notificada la recurrente Cecilia Aguilar de Quispe, con el último Auto de Vista el
- De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Agrega que el Auto de Vista recurrido incurre en contradicción e incongruencia al declarar procedente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- A mayor abundamiento, lo que cuestiona la parte recurrente es la decisión del Tribunal de
- De otro lado, para fines pedagógicos, se debe dejar constancia que sólo los Autos de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
