En ese orden corresponde señalar que la norma establecida por el art
En ese orden corresponde señalar que la norma establecida por el art. 236 del CPC, refiere que el Auto de Vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de apelación y fundamentación conforme lo dispuesto por el art. 227 del citado procedimiento, consagra el principio normativo de congruencia, según el cual la resolución judicial debe ser exacta, precisa y relacionada con la pretensión oportunamente deducida en el pleito, constituyéndose el límite de la potestad jurisdiccional del juzgador, puesto que el contenido de sus resoluciones se encuentran delimitados de acuerdo al sentido y alcance de las peticiones de las partes, a fin de que exista identidad entre la pretensión con lo resuelto
- VISTOS: El recurso de nulidad o casación en el fondo de fs
- En grado de apelación deducido por la entidad recurrente de fs
- El Auto de Vista referido, motivó el recurso de nulidad o casación en el fondo
- Señaló que, el Auto de Vista no se pronunció sobre el agravio referido a la
- Indicó que, el Auto de Vista recurrido no se pronunció sobre el tiempo de servicio
- Manifestó que, el Auto de Vista no se pronunció sobre el agravio referido a la
- Concluyó solicitando se anule el Auto de Vista de 8 de diciembre de 2014, y
- Que, así planteado el recurso de nulidad o de casación por la entidad demandada, se
- En ese orden corresponde señalar que la norma establecida por el art
- El vicio de incongruencia, constituye un defecto procesal o error in procedendo que se sanciona
- En la especie, haciendo un análisis minucioso
- Agravios referidos, que si bien algunos de ellos
- Al respecto, es necesario recordar que el debido proceso previsto en el art
- Por su parte la SC 1326/2010-R de
- Consiguientemente, corresponde en el presente
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
