Auto Supremo AS/0552/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2015-RA

Fecha: 24-Ago-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones fiscal y particular (fs. 78 a 80 y 113 a 114), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 14/2012 de 4 de junio (fs. 452 a 458 vta.); por la que, declaró al imputado Emilio Guzmán Peralta absuelto de culpa y pena de la comisión del delito de Cohecho Pasivo Propio, previsto y sancionado por el art. 145 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, Jesús Saramani Estrada en representación legal de la Gerencia Distrital Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, presentó recurso de apelación restringida (fs. 465 a 467); resuelto por Auto de Vista 90 de 3 de junio de 2013 (fs. 517 a 521 vta.), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 331/2013-RRC de 16 de diciembre (fs. 601 a 608); a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista 25 de 18 de marzo de “2013” (sic) (fs. 612 a 616), que también fue dejado sin efecto por Auto Supremo 758/2014-RRC de 19 de diciembre (fs. 668 a 674 vta.), que ordenó que la misma sala pronuncie nuevo Auto de Vista; en cumplimiento de dicha Resolución se emitió el Auto de Vista 13 de 24 de marzo de 2015 (fs. 678 a 680 vta.), que declaró admisible e improcedente el recurso interpuesto; por ende, confirmó la Sentencia apelada