Auto Supremo AS/0571/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0571/2015

Fecha: 19-Ago-2015

No siendo excusable el error, se impone multa de Bs

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm.; Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la LOJ, ANULA obrados hasta fs. 187, disponiendo que el Tribunal de alzada, de manera inmediata y sin espera de turno, bajo responsabilidad administrativa, pronuncie nuevo Auto de Vista, resolviendo los agravios contenidos en el recurso de apelación de fs. 174 a 175 vta.
No siendo excusable el error, se impone multa de Bs.300.- (trescientos 00/100 bolivianos) a cada uno de los vocales suscribientes, a tal fin dese noticia a la Dirección Administrativa y Financiera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz