Auto Supremo AS/0604/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0604/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

Refiriéndose nuevamente a la legitimidad de la acción, refiere que en virtud del art

Refiriéndose nuevamente a la legitimidad de la acción, refiere que en virtud del art. 551 del Código Civil, la demanda puede ser interpuesta por cualquiera que tenga interés, como es su caso, por lo que busca la tutela jurídica respecto al bien litigado que se encuentra ubicado en la calle R.P Julio Sánchez Nº 753 con una superficie de 348 mts2., de la zona de Alto San Pedro de la ciudad de La Paz, habiendo señalado la cosa demandada, aduciendo consiguientemente que no existe contradicción ni imprecisión en la demanda