Auto Supremo AS/0608/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

Como se podrá advertir, el Ad quem expone entre sus fundamentos, aspectos que hacen al

Como se podrá advertir, el Ad quem expone entre sus fundamentos, aspectos que hacen al fondo de la problemática en base a los cuales tomó la decisión de anular la Sentencia; con ese tipo de cuestionamientos lo que correspondía era resolver el fondo de la controversia y no anular la Sentencia como lo hizo, toda vez que la nulidad de una resolución opera por aspectos de forma, cuando el fallo es manifiestamente incongruente en su estructura o falto de fundamentación; al margen de ello el Ad quem utiliza como parte de su fundamento aspectos que no fueron motivo de reclamo en el recurso de apelación tal cual se observan en los términos que se indican, aparentemente, decide anular la Sentencia en función a esos 3 puntos anotados, consiguientemente no es que haya falta de motivación como aparentemente entiende; otra cosa diferente es determinar si esa consideración ha sido la correcta o no, labor que precisamente le corresponde al Ad quem, pero esa situación de ninguna manera puede dar lugar a la nulidad de la Sentencia por tratarse de aspectos sustanciales del contenido de la Sentencia