Auto Supremo AS/0613/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0613/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

En cuanto a la supuesta vulneración del art

En cuanto a la supuesta vulneración del art. 236 del C.P.C., es menester tener presente que la norma citada establece la relación o congruencia que existe entre el recurso de apelación y el Auto de Vista, resultando este el alcance de esta norma, del análisis del Auto de Vista se advierte que este se circunscribe a lo impugnado en el recurso de apelación, puesto que los agravios del recurso de apelación giraban en torno a la perención de instancia dispuesta, extremo que ha sido analizado ampliamente por el tribunal de segunda instancia por cuanto no se evidencia dicha falta de congruencia, ahora si bien la parte resolutiva como se hizo alusión determina la nulidad de obrados, dicho extremo no fue reclamado oportunamente, conforme se señaló supra