Por lo anterior, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma
Finalmente el art. 348 del Código de Procedimiento Civil tampoco señala que los procesos dobles (con tramite reconvencional) estuvieran exentos de ser sancionados con una declaratoria de perención de instancia.
Por lo anterior, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 1) y 2) del Código de Procedimiento Civil
Por lo anterior, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 1) y 2) del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De nuestro medio corresponde rescatar el aporte doctrinario de Carlos Morales Guillen, en su obra
- En el sub lite el recurrente pretende anular el proceso acusando que a una de
- El art
- Ahora para el entendimiento de la presente causa y conforme a la interpretación integral de
- Por lo anterior, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
