CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 631/2015 - L Sucre: 4 de Agosto 2015 Expediente:LP-126-10-S
Partes: Julio Mamani Aro y Albina Quispe de Mamani c/ Corporación de
Inversiones IMCRUZ S.A.
Proceso: Resolución de Contrato Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de Casación de fs. 294 a 295 y vta., interpuesto por Julio Mamani Aro y Albina Quispe de Mamani por intermedio de su apoderado Max Arteaga Balderrama, contra el Auto de Vista Nº S-209, de 24 de junio de 2010 de fs. 290 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito de La Paz (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Resolución de Contrato, seguido por Julio Mamani Aro y Albina Quispe de Mamani contra Corporación de Inversiones IMCRUZ S.A., respuesta de fs. 297 a 298 y vta.; concesión de fs. 299, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, dictó Sentencia de 27 de marzo de 2009 cursante de fs. 262 a 263 y vta., por el que declara IMPROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 83 y vta
Auto Supremo: 631/2015 - L Sucre: 4 de Agosto 2015 Expediente:LP-126-10-S
Partes: Julio Mamani Aro y Albina Quispe de Mamani c/ Corporación de
Inversiones IMCRUZ S.A.
Proceso: Resolución de Contrato Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de Casación de fs. 294 a 295 y vta., interpuesto por Julio Mamani Aro y Albina Quispe de Mamani por intermedio de su apoderado Max Arteaga Balderrama, contra el Auto de Vista Nº S-209, de 24 de junio de 2010 de fs. 290 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito de La Paz (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Resolución de Contrato, seguido por Julio Mamani Aro y Albina Quispe de Mamani contra Corporación de Inversiones IMCRUZ S.A., respuesta de fs. 297 a 298 y vta.; concesión de fs. 299, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, dictó Sentencia de 27 de marzo de 2009 cursante de fs. 262 a 263 y vta., por el que declara IMPROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 83 y vta
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Julio Mamani Aro y Albina
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda de la R
- Resolución que dio lugar al recurso de casación, interpuesto por Max Arteaga Balderrama por sus
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- Que por la mala aplicación de los arts
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De lo anterior se concluye que el recurso de casación en el fondo y el
- En el caso en análisis, si bien el recurrente pretende diferenciar su recurso tanto
- Lo propio ocurre cuando alega la norma prevista por el art
- Resultando intrascendente realizar mayores consideraciones al respecto, corresponderá emitir fallo en sujeción a lo previsto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios del abogado en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
